RT info:eu-repo/semantics/doctoralThesis T1 Instrumentos jurídicos para la reparación del daño ambiental: retos del Derecho civil mexicano A1 Salas Alvardo, Ricardo Antonio K1 Ciencias Jurídicas y Derecho K1 Legislación y Leyes Nacionales K1 Geología K1 Geology AB Cuando se producen daños a los elementos que conforman el medio ambiente, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente contempla que todo daño ambiental debe ser reparado, conforme a la legislación civil aplicable.El propósito en la presente investigación, es enfocarnos en las acciones civiles, para lo cual analizaremos el interdicto de obra peligrosa y de retener la posesión como medios alternativos legales en un proceso por daño ambiental. Por otro lado, analizaremos que el Derecho Procesal Civil mexicano requiere de modificaciones cuando sea invocado en un juicio por daño ambiental. Entre las instituciones procesales que replantearemos es referente a la carga de la prueba, que, desde el punto de vista de la doctrina procesal civil y su aplicación en un juicio interdictal y de acción negatoria, son reglas doctrinales que no han cambiado a través de los años, pero que a la luz de las peculiaridades del Derecho ambiental, es necesario que dicho concepto se reforme para poder ser valorado y aplicado en juicios donde se reclame la reparación de un daño ambiental. Para hacer más eficaz e idóneo, desde el punto de vista ambiental, el ofrecimiento y desahogo de la prueba pericial en un juicio interdictal y de acción negatoria es necesaria que determinados puntos sean transformados jurídicamente. Con la prueba de inspección judicial, el juez, puede tener una apreciación de los elementos ambientales que han sido afectados por las operaciones y procesos productivos del demandado. La sentencia definitiva que se dicte en un juicio interdictal y de acción negatoria debe contener determinados efectos legales directos a la persona física que promovió el juicio y, por otro lado, efectos legales indirectos encaminados a la sociedad en general. Aunque esta última no haya participado activamente en el proceso judicial de acción negatoria o interdictal. YR 2016 FD 2016 LK http://hdl.handle.net/10017/41992 UL http://hdl.handle.net/10017/41992 LA spa DS MINDS@UW RD 28-mar-2024