RT info:eu-repo/semantics/article T1 Deberes de los administradores en la Ley de sociedades de capital A1 Ribas Ferrer, Vicente K1 Derecho de sociedades K1 Sociedades de capital K1 Ley de sociedades de capital K1 Deberes de los administradores K1 Deber de buena fe K1 Deber de diligencia K1 Deberes de fidelidad K1 Deber de cuidado K1 Deber de lealtad K1 Conflictos de interés K1 Contratación K1 Competencia K1 Oportunidades sociales K1 Sanción del ilícito desleal K1 Company law K1 Corporations K1 Directors’ duties K1 Spanish Companies Act K1 Duty of good faith K1 Duty of diligence K1 Fiduciary duties K1 Duty of care K1 Duty of loyalty K1 Conflicts of interest K1 Contracts K1 Competition K1 Use of corporate opportunities K1 Remedie K1 Derecho K1 Law AB La primera parte analiza el sistema de deberes de los administradores de las sociedades de capital. A partir del principio general de la buena fe, el sistema se ordena deductivamente a través de la diligencia en las relaciones obligatorias y la fidelidad en las relaciones de colaboración. Con este marco general se puede considerar la construcción de los deberes de fidelidad en las relaciones de gestión de asuntos ajenos. Tales deberes de fidelidad son los deberes de cuidado y de lealtad, aplicables a los administradores como partes de una relación de gestión con la sociedad. Dentro de los deberes de fidelidad también se estudian otros deberes de alcance general para las relaciones de gestión, tales como los deberesde información y de confidencialidad. La segunda parte trata el deber de cuidado de los administradores. Además de estudiar su concepto y sistema, se organiza su contenido obligatorio en relación a los específicos deberes de atención,profesionalidad, prudencia y vigilancia. La tercera parte aborda el deber de lealtad analizando su concepto, supuesto y régimen, así como la sanción del ilícito desleal. Del concepto se derivan sus elementos esenciales, el conflicto deintereses y la actuación en interés social, así como su contenido, la prohibición de actuar en conflicto y el deber de su comunicación. El ámbito objetivo del supuesto estudia el conflicto de interés distinguiendo entre elementos esenciales (oposición de intereses, riesgo de lesión e interés de la sociedad) y elementos eventuales (daño e intencionalidad). El ámbito subjetivo se ocupa fundamentalmente a analizar las operaciones vinculadas, en su vertiente familiar y societaria, junto a otras vinculaciones no reguladas. El contenido del deber examina la prohibición deentrar en conflicto así como el deber de notificarlo por parte del administrador interesado. En la medida que la prohibición tiene carácter relativo, se estudia el proceso de autorización de los conflictos en el seno de la sociedad, tanto enrelación a los requisitos necesarios para la autorización, como al procedimiento deautorización por la junta general y por el consejo de administración. A continuación, se consideran conductas típicas o grupos de casos relativos a lacontratación, la competencia y el aprovechamiento de oportunidades sociales. La última parte está dedicada a las sanciones del ilícito desleal. En primer lugar, se contemplan los eventuales efectos que puedan tener en el cargo, distinguiendo el régimen de la sociedad anónima del de la sociedad de responsabilidad limitada. Aello le sigue el estudio de los efectos relativos a los acuerdos de autorización irregulares, ya sean de la junta general, ya del consejo de administración.Finalmente se consideran los efectos indemnizatorios y restitutorios, así como losefectos sobre los negocios desleales. SN 1134-7686 YR 2012 FD 2012-07 LK http://hdl.handle.net/10017/35347 UL http://hdl.handle.net/10017/35347 LA spa DS MINDS@UW RD 18-abr-2024