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dc.contributor.authorBiedma Ferrer, José María
dc.date.accessioned2012-02-15T10:55:35Z
dc.date.available2012-02-15T10:55:35Z
dc.date.issued2011
dc.identifier.bibliographicCitationAnuario de la Facultad de Derecho (Universidad de Alcalá), 2011, no. 4, p. 199-222. ISSN 1888-3214en_US
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10017/9850
dc.descriptionI. CONSIDERACIONES GENERALES. II. PRINCIPIO DE IGUALDAD Y UNIÓN DE HECHO. 1. Concepto de unión de hecho. 2. Regulación de las uniones de hecho. 3. Sobre la conveniencia de una norma estatal reguladora de las uniones de hecho. 4. Diversidad de normas aplicables en las Comunidades Autónomas y principio de igualdad. III. ALGUNOS ASPECTOS CONFLICTIVOS ACERCA DE LAS UNIONES DE HECHO. 1. El problema de los registros de las uniones de hecho. 2. Los pactos tras el cese de la convivencia en las parejas de hecho: 2.1. Desde el punto de vista general. 2.2. Desde el punto de vista autonómico. 3. Los pactos sucesorios. 4. El conflicto de la atribución del uso de la vivienda familiar. IV. CONCLUSIONES Y PROPUESTAS DE SOLUCIÓN. V. BIBLIOGRAFÍA.en_US
dc.description.abstractEn el presente trabajo se aborda la problemática de las uniones de hecho, derivada de dos situaciones: la inexistencia de una norma estatal común que las regule, y de la proliferación normativa, con mayor o menor precisión, de las Comunidades Autónomas. Dicho análisis se realiza desde la perspectiva del principio constitucional de igualdad. Además, se estudian distintos aspectos conflictivos en el ámbito patrimonial que afectan a las parejas de hecho y que pueden llegar contravenir el principio de igualdad, por cuanto se tratan de distinta forma según la Comunidad Autónoma que lo regule o, en su defecto, del Derecho Común aplicable.en_US
dc.description.abstractThis work is an approach to the facto partenships problematic, which comes from two situations: Non-existence of regulations to control them by the goverment, and the Self-Governing Comunities regulations, which are different in each ones. This problematic is analized form the equality constitutional principle perspective, because these facto partenships could be affected in the sense of patrimonial aspects, depending on the Self- Governing Comunity or otherwise, in the Common law where they are applicated.
dc.format.mimetypeapplication/pdfen
dc.language.isospaen_US
dc.publisherUniversidad de Alcalá. Servicio de Publicacionesen_US
dc.subjectUnión de hechoen_US
dc.subjectPrincipio de igualdaden_US
dc.subjectDerecho Comúnen_US
dc.subjectComunidades Autónomasen_US
dc.subjectFacto partenshipsen_US
dc.subjectEquality principleen_US
dc.subjectCommon lawen_US
dc.subjectSelf-Governing Comunityen_US
dc.titleUniones de hecho y principio de igualdad. Algunas cuestiones conflictivasen_US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articleen
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen


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