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dc.contributor.advisorSánchez Morón, Miguel 
dc.contributor.authorOlmo Alonso, Jesús del 
dc.date.accessioned2008-11-13T10:31:16Z
dc.date.available2008-11-13T10:31:16Z
dc.date.issued2004
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10017/2227
dc.descriptionPremio de la Sociedad de Condueños 2006es
dc.description.abstractEl presente trabajo aborda fundamentalmente el estudio de mecanismos complementarios al sistema judicial para solucionar conflictos en Derecho Administrativo, y, especialmente, en las relaciones ciudadanos- Administración. Aunque, existe también un análisis de las vías para prevenir litigios administrativos, el autor se centra en un estudio de los distintos mecanismos alternativos que contribuyen a resolver definitivamente las controversias administrativas: arbitraje, medicación conciliación, transacción, vía administrativa de recursos ante órganos especializados e independientes, etc. El colapso de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, ha dificultado la solución efectiva de los litigios administrativos, así como el acceso a la tutela judicial efectiva. Frecuentemente, los particulares renuncian a la defensa de sus pretensiones ante los Tribunales, o bien, la tardía resolución judicial no sirve ya para dar una solución. Las técnicas alternativas de solución de conflictos permiten una solución rápida y especializada de la controversia, facilitan la cooperación y comunicación entre ciudadanos y Administración, y dan cumplimiento al principio constitucional de eficacia administrativa. El autor comienza por hacer un análisis de la experiencia de los Estados Unidos, dado que en ese país, existen importantes resultados prácticos y se ha llevado a cabo una regulación global de estas técnicas, mediante la Administrative Dispute Resolution Act de 1990; norma cuya vigencia definitiva ha sido confirmada en 1996. Las Agencias Federales norteamericanas han sido las principales protagonistas en el impulso y desarrollo de estos procedimientos, que han sido muy positivamente utilizados en asuntos relativos a los contratos públicos, a la responsabilidad administrativa y a la protección del medio ambiente. A continuación el Prof del Olmo ha llevado a cabo el estudio de la cuestión en el ordenamiento francés, un ordenamiento europeo que ha inspirado sin duda nuestro Derecho Administrativo. Precisamente, el máximo responsable de la Justicia Administrativa en Francia, el Conseil d"État, elaboro en 1993. un informe titulado Régler autrement les conflits: conciliation, transaction, arbitrage , en matiere administrative. A partir de ese importante documento, la doctrina científica ha propuesto distintas reformas legislativas orientadas a revitalizar el recurso administrativo previo, a mejorar la intervención del Médiateur de la République, y a la introducción de la conciliación, la transacción y el arbitraje en aquellas materias en que su uso resulta recomendable. Sin embargo, en los últimos años no han existido reformas legislativas que hayan impulsado claramente estas figuras. Finalmente, el doctorando dedica una gran parte de la obra al análisis del ordenamiento español, efectuando propuestas sobre una mayor y más decidida introducción de estos procedimientos en España. Tras examinar los distintos problemas de constitucionalidad que estas técnicas pueden plantear en nuestro país, el autor aborda el estudio de las materias en que su utilización resulta o no aconsejable. Posteriormente entra en el análisis detallado de cada una de las figuras heterocompositivas o autocompositivas de solución de conflictos administrativos. Analiza y critica el régimen previsto en el articulo 107.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, propone un posible sistema arbitral y critica el sistema de autorización de convenios arbítrales o de acuerdos para celebrar convenios autocompositivos. También estudia el sistema previsto en el ar. 77 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, precepto cuyo tenor debería ser ampliado al arbitraje. El sistema de auxilio judicial (control y ejecución ) también debería extenderse a los procedimientos extrajudiciales. El autor concluye el trabajo con el análisis de ciertas experiencias aisladas, criticando la falta de iniciativas legislativa y la ausencia de voluntad política para poner en practica estos procedimientos. También destaca la escasa respuesta del Poder Judicial a la aplicación del art. 77 de la Ley jurisdiccional. La bibliografía utilizada ha sido abundante. Se trata de un estudio sintético y completo que puede resultar de gran utilidad en la prevención y solución eficaz de los conflictos administrativos.
dc.format.mimetypeapplication/pdfen
dc.language.isospaen
dc.subjectTransacciones extrajudicialeses
dc.titleMedios alternativos de resolución de conflictos en derecho administrativoes
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesisen
dc.subject.ecienciaCiencias jurídicas
dc.subject.ecienciaDerecho
dc.subject.ecienciaLaw
dc.subject.ecienciaDerecho administrativo y administración pública
dc.subject.ecienciaAdministrative law and public administration
dc.contributor.affiliationUniversidad de Alcalá. Departamento de Derecho Público
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionen
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen


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