%0 Journal Article %A Rivas Verdes-Montenegro, César de %T El accidente de trabajo en las obras de construcción como fuente de responsabilidad penal %D 2015 %U http://hdl.handle.net/10017/24861 %X 1. El trabajo, bajo el título "El accidente laboral en las obras de construcción como fuente de responsabilidad penal", se centra en el estudio de las consecuencias que en la jurisdicción penal se derivan del accidente laboral que ocurra en las obras de construcción y tenga su origen en la omisión de las medidas de seguridad exigidas por la normativa aplicable. De este modo, se concreta en el estudio del delito contra la seguridad en el trabajo, tipificado en los artículos 316 a 318 del Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 10 de noviembre (en adelante CP) ?si bien centrándolo, de forma principal, en el ámbito de las obras de construcción-, y en los delitos de resultado que pueden seguirle, homicidio o lesiones por imprudencia. En el accidente de trabajo tienen incidencia normas de diversas ramas del ordenamiento jurídico, por lo que se estudian no sólo las normas penales, sino también las civiles y laborales cuando resulta necesario para dar cumplida respuesta a todas las cuestiones que se plantean en el ámbito de la jurisdicción penal. 2. Se pueden distinguir en el trabajo tres partes bien diferenciadas: Una primera parte se centra en el estudio del delito contra la seguridad en el trabajo, en el sector concreto de la construcción, teniendo en cuenta que se trata de un estadio previo al siniestro laboral, esto es, que no es necesaria la efectiva causación de un daño ?muerte o lesión del trabajador- para que surja el delito. En esta primera parte se procede a la identificación de los agentes que intervienen en el proceso de construcción, examinando las obligaciones que en materia de seguridad de los trabajadores a cada uno de ellos impone la normativa reguladora para, a partir de ahí, determinar la responsabilidad penal en que pueden incurrir por la falta de adopción de las medidas de seguridad necesarias en las obras de construcción. Ello exige el análisis de las normas extrapenales reguladoras del sector de la construcción, con las cuales debe integrarse el tipo del delito contra la seguridad en el trabajo. La segunda parte comprende el estudio de los delitos de resultado en que puede concretarse el peligro para su vida o integridad física a que se ven expuestos los trabajadores del sector de la construcción como consecuencia de la omisión de las medidas de seguridad legalmente exigidas. Se trata, por tanto, de las consecuencias jurídicas que surgen una vez que el siniestro laboral, con base en la falta de medidas de seguridad en el trabajo, ya se ha producido. Ello englobaría, en consecuencia, el examen de los delitos y faltas de homicidio y lesiones por imprudencia, así como su vinculación con el delito contra la seguridad en el trabajo. La tercera parte se reserva al estudio de las consecuencias jurídicas legalmente previstas para el caso de comisión de estos delitos, tanto las penas como la responsabilidad civil derivada del delito. Finalmente, se recogen las conclusiones alcanzadas sobre las diversas cuestiones que se plantean a lo largo de todo el trabajo. %K Delitos contra los derechos de los trabajadores %K Responsabilidad empresarial %K Derecho penal %K Derecho %K Law %~ Biblioteca Universidad de Alcala